0

En este apartado estaremos explicando cuáles son las principales características, funcionamiento y legalidad de las empresas de recobro, para saber cómo actuar al momento de recibir una llamada de estos agentes financieros.

Empresas de recobro

Al referirnos a este tipo de herramientas financieras, hablamos de aquellas entidades que se encargan de consignar deudas que algún usuario tiene con terceros. Así es posible gestionar los cobros de los clientes que representan determinadas entidades, las cuales van desde una empresa de préstamos personales, hasta una de servicios públicos, tales como de telefonía, agua o electricidad.

Como objetivo principal, estas empresas de recobro se aseguran de saldar la deuda de manera eficiente, librando al prestatario de su morosidad durante un plazo determinado. Estas opciones suelen trabajar por comisión, y en caso de incumplimiento, puede incluir al deudor en ficheros de morosos.

¿Cómo funcionan estas empresas?

Ten presente que estas opciones financieras representan al usuario como un intermediario entre alguna compañía a la cual se le debe un monto de dinero preestablecido en un contrato de servicio, siempre y cuando no se haya llegado al punto de reunificación de deudas.

La idea es que con una empresa de recobro puedas saldar una deuda establecida, para así poder mantener un perfil crediticio viable dentro de la comunidad financiera.

Es importante saber que estas empresas trabajan por medio de comisiones en cada operación de recobro realizada, la cual puede llegar a ser un porcentaje de la deuda. Además, las entidades de préstamos online o servicios hacen que las empresas de recobro realicen la compra de una suscripción mensual para asegurarse que los clientes de una o de otra forma paguen la deuda.

El proceso de recobro es muy sencillo, por un lado, la empresa de recobro se pone en contacto con el usuario que debe cierta cantidad de dinero para que realice el pago del dinero rápido que tiene pendiente por pagar.

Sin embargo, en algunas ocasiones estos contactos no son para nada cordiales, pues las llamadas vienen cargadas de advertencias en caso de no pagar el monto correspondiente, una de estas, será ser incluido en el fichero de morosos.

El objetivo de las llamadas de las empresas de recobro se encarga de generar presión y responsabilidad de pago, desde un prestatario hacia el prestamista, bien sea de servicios o de dinero.

Solicitud de pago de deuda

Si por alguna razón el usuario se ha visto en la imposibilidad de cancelar alguna deuda en específico, es muy probable que este reciba una llamada de una empresa de recobro contratada por el prestamista.

Sin embargo, aunque los prestamistas están en su derecho de cobrar el importe dado, la verdad es que deben cumplir una serie de mecanismos para hacerlo, de este modo evitan cualquier tipo de represalias legales o morales por parte del prestatario.

En primer lugar, la deuda debe ser analizada y declarada como vencida, teniendo en cuenta que esta no posee ningún tipo de fallo o arbitraje ante un tribunal, con esto es posible evitar cualquier tipo de inconveniente legal entre el prestatario y prestamista.

Luego, la entidad de préstamos a plazos o generadora de servicio debe comprobar que existía una deuda previa y que los plazos de pago ya han pasado sin obtener ningún tipo de remuneración o abono a la misma.

La empresa de recobro debe enviar una advertencia de pago por medio de los canales de comunicación dispuestos por el usuario al momento de realizar el contrato de solicitud, con esto se notifica el vencimiento del plazo de pago correspondiente, y la posibilidad de ser incluido en el fichaje de deudor.

En caso de obtener caso omiso a la advertencia, la empresa de recobro deberá notificar al usuario que su nombre estará en el fichaje de morosos 30 días antes de incluirlo.

Durante todo este proceso de comunicación entre la compañía de recobro y el prestatario, se debe dejar muy en claro los derechos y cláusulas establecidas en el contrato de solicitud, para no generar malestar o desacuerdos legales en el cliente.

Todos los deudores cuentan con protección de sus datos personales, por este motivo la empresa prestamista deberá respetar en todo momento este acuerdo, más adelante estaremos ampliando esta información.

Protección de datos del deudor ¿De qué trata?

Primero que nada, es importante dejar en claro que dentro del territorio español no existe ningún tipo de ley que se encargue de regular las empresas de recobro de deudas, sin embargo, dentro del Código Civil, la Ley de Defensa de consumidores y la Ley de Protección de Datos, ponen límites a las acciones de estas compañías.

Esto evita que se sobrepasen los límites al momento de generar cualquier tipo de cobro, pues, aunque las empresas de recobro no se encuentran reguladas por un ente superior, si cuentan con márgenes que protegen al prestatario, entre estas tenemos:

  •          Las empresas de recobro solo podrán cobrar el pago correspondiente a deudas vencidas, exigibles y reales, siempre y cuando se haya faltado a todas las cláusulas de correspondientes al contrato de solicitud. Mira también: Cuándo prescribe una deuda?
  •          Las empresas de recobro tienen todo el respaldo legal correspondiente a la consignación de los datos legales del prestatario por parte de la compañía de servicios, sin embargo, debe existir una aprobación legal aportada por el deudor al momento de firmar el contrato.
  •          Se puede apelar al derecho de supresión, al transcurrir 6 años desde que se reportó el vencimiento de la deuda, es posible solicitar que se eliminen los datos personales de ASNEF directamente.

¿Qué pasa si se recibe una llamada de recobro y cómo actuar?

Por razones obvias, si se recibe una llamada de una empresa de recobro es porque de alguna forma se ha incumplido en el pago de alguna deuda, sin embargo, la forma en la cual se toma esta llamada puede ser crucial para los pasos venideros.

Algunas personas simplemente olvidan el pago de una cuota correspondiente al mes y basta con una llamada de advertencia para tomar las medidas de pago correspondientes.

Sin embargo, presentamos los escenarios más comunes al momento de recibir una llamada por parte de una compañía de recobro:

Si no se acepta la deuda

Puede que por algún motivo has recibido una llamada por parte de una empresa de recobro pero no se reconoce la deuda solicitada, es posible acudir a algunos organismos en busca de ayuda, accesoria e incluso solución a este hecho.

Primero que nada, notifica el desconocimiento de la deuda a la empresa de recobro y a la entidad donde presuntamente se debe el dinero, solicita la muestra de los documentos que corroboran la presencia de la deuda.

Si por algún motivo, vuestros datos fueron incluidos en algún fichero de morosos en España de forma desautorizada, deberás acudir inmediatamente a la Agencia Española de Protección de Datos o la AEPD, donde solicitarás que se te excluya de dicho fichaje.

En caso de no obtener la respuesta deseada se puede apelar la decisión ante un arbitraje de consumo e incluso delante de los tribunales.

Deuda confirmada

Si se ha comprobado que se cuenta con una deuda en una compañía de préstamos rápidos o servicios, es posible hacer uso de una reunificación de deudas o a un préstamo rápido sin papeles para obtener una solvencia monetaria inmediata.

Sin embargo, las empresas de recobro ponen a disposición de los usuarios procesos de pago fraccionados o refinanciamiento de la deuda.

Si se elige esta primera propuesta, es posible hacer que la deuda sea más ligera, pero si lo que se quiere es refinanciar la deuda, solo se está haciendo es reestructurar los pagos a nuevas cuotas en nuevos plazos. Todo dependerá de la situación del cliente.

Preguntas frecuentes

¿Cómo actuar si recibo una llamada de una empresa de recobro?

La forma en la que se responde una llamada de este tipo es crucial, manténgase sereno y oiga muy bien los argumentos de falta planteados y el destino de la deuda, para que dé una respuesta acorde.

¿Puedo apelar a una llamada de recobro?

Si usted desconoce la deuda de la que se le hace responsable, puede solicitar la revisión de los documentos y apelar a la AEPD o los tribunales españoles correspondientes.

¿Existen leyes que regulan las empresas de recobro?

En España aún no existen leyes que se encarguen de regular este tipo de compañías, sin embargo, sí existen leyes que resguardan la integridad de los datos personales de los clientes.

5/5 - (Numero de votos: 2)
Autor del artículo
Foto del avatar
Luisa Maria Lugo Blanco
Otras publicaciones del autor
Soy una joven emprendedora que ama leer y escribir ✏️ Mi lema es: el conocimiento nunca es suficiente, así que me esmero por aprender cada día más, lo que me permite estar al día con lo necesario para dar lo máximo en mi trabajo, trabajo que ha transformado mi vida, llegando a ser todo para mí.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *